
El río Aller divide al pueblo de Santa Cruz en dos partes: la primera de ellas está formada por todos los barrios situados en la margen derecha de dicho río y que se alinean en torno a la antigua carretera general ( denominada de Santullano a Collanzo), bien sea al pie de ella, bien sea en los montes circundantes, y la segunda parte que está formada por todos los barrios situados en su margen izquierda como Oriella, Sovilla ,Collanzo, Los Tableros, etc. así como los ubicados en los montes de su alrededor, como Valdeciegu, el Cantu de Valdeciegu, etc.
La comunicación entre ambas partes se consigue mediante un puente, fundamentalmente de “paso de hombre” y carros de caballerías y animales del que las más remotas referencias de que disponemos datan del año 1884 en el que un grupo de vecinos del pueblo remiten un escrito al Ayuntamiento de Mieres con fecha 22 de marzo de ese año y que dice textualmente lo siguiente:
Los que suscriben vecinos de Santa Cruz, con cédulas personales
en nombre del pueblo de Santa Cruz con el debido respeto exponen:
Que el puente de este pueblo que está construido sobre el río Aller y
que este Ayuntamiento pagó para construirle y que a estos vecinos
tantísimo trabajo les ha costado, se halla inutilizado para el servicio y por
tanto propenso a desgracias personales, como en otras ocasiones tiene
sucedido y así estos vecinos suplican a esa digna corporación se sirva
ordenar que venga una comisión y hacer que se componga dicho puente
toda vez que en la actualidad se puede componer con poco dinero, lo que
después, ( además de desgracias personales que pueden suceder) costaría
mucho más dinero y trabajo.
Es favor, que esperamos recibir de la bondad y buen criterio de esa digna
Corporación, cuyas vidas conserve Dios dilatados años (1).
(1) Firman : José García; José González; Eduardo Castañón; El Alcalde: Daniel……(ilegible); Juan Álvarez; Pedro Rodríguez; Casimiro Martínez; Francisco Hevia; Bernardo Castañón.
Por esta época era alcalde de Mieres Manuel Méndez Trelles que una vez hubo constatado el estado de deterioro tan preocupante del puente decide “hacer trabajos de reparación” del mismo y para ello el 24 de septiembre de 1884, los servicios técnicos del Ayuntamiento redactan las condiciones facultativas, económicas y presupuesto detallado de las obras necesarias para arreglar el puente. A destacar que “el presupuesto asignado fue de 1.307,50 Pts. y que las condiciones de base para contratar la obra fue por subasta, debiendo presentar los interesados en la adjudicación su cédula personal y documento o carta de pago que acredite haber consignado en la Depositaría municipal la cantidad de 75,38 Pts., dándose un plazo de 2 meses para la terminación de la obra a contar de la fecha en que por el ayuntamiento se le comunique oficialmente”.
El 29 de Septiembre de 1884 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia nº 222 el anuncio para la “subasta de las obras de reparación en el puente de la Parroquia de Santa Cruz en este Concejo.”
Todo hace suponer que las obras no resultaban muy atractivas porque, por dos veces, al menos, se suspendieron la subasta de las obras por falta de licitadores. Por los datos que disponemos la obra de reparación fue concedida a Eduardo Castañón, vecino de Santa Cruz que fue quien las finalizó a mediados de 1885 ya que dicho contratista con fecha 29
de mayo de 1885 se dirige al ayuntamiento en los siguientes términos:
El que suscribe Eduardo Castañón natural de Santa Cruz de Mieres
Hago saber a esa corporación que siendo contratista en los muros
del puente y caminos de la Iglesia de esta parroquia, habiéndose
terminado dichas obras, ruego a Vds. tengan la bondad de hacerlo
saber, para hacer la liquidación de dichos trabajos en la forma que
Vds. Crean conveniente.
Transcurridos once años, y ya en el año 1886 el puente de nuevo necesita ser reconstruido y reformado por su deterioro tal y como se puede observar en el presente escrito dirigido al Ilmo. Ayuntamiento de Mieres siendo alcalde del mismo D. Manuel Gutiérrez Díaz Faes :
Excmo Sr:
Los que suscriben, vecinos de Santa Cruz en este concejo a
VE. Respetuosamente exponen: Que desde hace bastante tiempo, el puente
que existe en este pueblo, sobre el río Aller, se encuentra en estado de ruina
siendo peligrosísimo el paso por él.
La situación del puente citado no permite prescindir de él ni a
los vecinos ni a los mineros que viven en este pueblo. Los primeros tienen la
mayor parte de sus propiedades al otro lado y los segundos han de pasarle todos
los días para ir al trabajo. Además, este pueblo está dividido por el puente en
dos barriadas que forzosamente tienen que comunicarse a diario, si se tiene en
cuenta, sobre todo, que el Economato que las minas de Aller tiene establecido
está del otro lado y necesitan pasar el puente las esposas de los mineros para
comprar los artículos de comer y beber y otros que le son precisos.
Este uso continuo que los vecinos tienen necesidad de hacer del puente citado
nos hace temer que pueda ocurrir una desgracia como la sucedida en otra
ocasión del que aún conserva el pueblo triste recuerdo.
Las últimas crecidas han impreso sus huellas en el puente de
referencia: en el centro del mismo se ve inclinada la barandilla hacia el río;
el suelo ,descarnado casi por completo, presenta grandes aberturas por entre las
cuales se ven podridas maderas que los sostienen y todo hace temer un hundimien-
to inminente.
Si esto ocurre, el mal menor que puede traer consigo serán los
inmensos perjuicios que los vecinos sufrirán por quedar incomunicados, perjuicio
que dejará sentir sus efectos en todo el Concejo; esto, en el supuesto de que la
catástrofe ocurra en hora en que felizmente no pasara por él ninguna persona.
Pudiéramos aducir muchas razones para probar la necesidad de justificar esta
solicitud, pués teniendo en cuenta que todos los Srs. que forman el Ayuntamiento
conocen nuestro pueblo, y el estado del puente, prescindimos de ellas.
Suplicamos a VE. que teniendo en cuenta por presentada esta instancia
se digne acordar lo más conveniente para que cese la anómala situación creada a este
pueblo por el mal estado del citado puente.(2)
(2).- Firman : Casimiro Fidalgo; Eduardo Castañón; Francisco Madera; Casimiro
Martínez; Juan González; Dionisio Blanco; Elías Castañón; Juan Cachero( Alcalde)
José García González; Eulogio Fernández y otros dos de firma ilegible.
El mismo día 4 de diciembre y en sesión municipal se da cuenta de la instancia escrita por estos vecinos y se acuerda ”proceder a la reconstrucción del puente previo el reconocimiento de la obra y la realización del proyecto que efectuará el Sr Arquitecto municipal D. Antonio Suardíaz Valdés”
El 24 de diciembre de 1896 el citado Arquitecto redacta el siguiente informe:
De orden del Ilustre Ayuntamiento de Mieres en el cual tengo el honor
de desempeñar el cargo de Arquitecto municipal he pasado a reconocer
el puente de Santa Cruz que une la carretera de Santullano a Collanzo
con los caminos de Pomar de Frades y otros, con objeto de informar del
estado de sus fábricas y armaduras y las obras que en él sea necesario
ejecutar.
Del reconocimiento practicado, resulta que el puente es de un
tramo de 21,70 metros de longitud apoyado en dos estribos, uno de los
cuales está cimentado sobre roca y el otro no cimentado sobre roca por
no existir en ese punto; sin embargo tiene una perfecta cimentación que
el día de su reconstrucción puede aprovecharse pare el nuevo proyecto
que en vistas a las razones expuestas a continuación será necesario pro-
yectar.
Dicho puente ha sufrido en el transcurso del tiempo dos transforma-
ciones; el proyecto primitivo constaba según el reconocimiento practicado
simplemente de tres vigas de 0,30x0,28 metros de escuadría descansando
en uno de los estribos que es una pila sobre unas sopandas y sobre el otro,
con objeto, se conoce de que la rasante fuese horizontal sobre sopandas
dobles; dichas sopandas descansan sobre las pilas y estribos del puente y con
objeto de reducir la longitud de la luz sobre unos tornapuntas siendo éstas
diferentes en los dos estribos.
Hubo un error pues repasando el cálculo de las vigas se deduce
que la sección es muy pequeña dada la luz aún acortada por los tornapuntas
como se demostró prácticamente pués el puente sufrió un movimiento debido
al cual hubo que modificarse la forma en que está hoy y cuya reforma no
completó la seguridad.
La reforma consiste en haber colocado un atirantado a las dos
vigas laterales; dicho atirantado está en idea bien dispuesto pero se llevó mal
a la práctica, pues los tirantes no debían ir a las cabezas de dichas vigas;
deberían ir a las cabezas de dichas vigas y debían haberse asegurado por
medio de unas cajas de fundición que cortasen el resbalamiento como en
efecto sucedió.
Aún hecho el atirantado en la forma que indico no hubiese
ofrecido seguridad ,pues el error es de origen la falta de escuadría, aún
con el atirantado. La madera se halla en bastante buenas condiciones sobre
todo el armazón.
En vista de estas razones que la Ilma. Corporación apreciará
soy de parecer que en dicho punte no se efectúen reformas de consideración
que costarían mucho en relación al tiempo que hubiese de durar, pero que
procede se lleva a efecto el asegurar por ahora los extremos de los tirantes
y prohibir el paso de carros de caballerías y animales de peso considerable
para evitar desgracias difíciles o más bien imposibles de remediar, mientras
se proyecta otro puente tan necesario en dicho pueblo.
Que es cuanto en cumplimiento de su cometido puedo manifestar-
les y para que conste doy el presente informe en Mieres 24 diciembre de 1896
El día 26 de Diciembre de 1896 tiene lugar otra nueva sesión de la Corporación y en ella, entre otros, toma el siguiente acuerdo:
De acuerdo con lo informado por el arquitecto municipal respecto
del puente de Santa Cruz, se acuerda que se ejecute el arreglo provisional que
propone, prohibiéndose por ahora, el paso de carros y caballerías por dicho
puente, con el fin de evitar desgracias personales y a la vez acuerdan tambien
que se haga el estudio y proyecto de un nuevo puente en dicho punto.
Seis meses más tarde, el 9 de junio de 1897 quedan redactados por parte del arquitecto municipal D. Antonio Suardíaz Valdés, la Memoria (doc1), Planos (doc2), Pliego de condiciones facultativas y económicas(doc3) y Presupuesto del proyecto( doc 4).
A destacar que el importe de presupuesto de contrata fue de 10.113,60 pesetas.
El 25 de junio de 1897 y en sesión plenaria el ayuntamiento toma entre otros, el siguiente acuerdo:
...Acto seguido se dio cuenta del proyecto de reforma del puente
de Santa Cruz suscrito por el arquitecto municipal. El ayuntamiento acuerda
aprobarle y que las obras se ejecuten mediante licitación pública con arreglo
a lo dispuesto en el artículo 16 del R.D. de 4 de Enero de 1883 anunciándose
la subasta en el Boletín Oficial de la provincia y por medio de edictos colocados
en los sitios de costumbre de esta localidad.
El 9 de julio de1897, y como era preceptivo, el Ayuntamiento remite el proyecto al Gobierno civil de la provincia, sección de Obras Públicas que lo aprueba con fecha 21 de julio de 1897, comunicando oficialmente al Alcalde mierense su aprobación.
El 2 de agosto de 1897 el Boletín Oficial de la provincia anuncia la celebración de la referida subasta :
...La licitación de las obras se celebrará el día 20 del mes corriente
A las 10 de la mañana con sujeción a los pliegos de condiciones y económicas
que se hallan de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento presidiendo
el acto el Sr. Alcalde o Teniente Alcalde expresamente por él delegado.
los que deseen tomar parte en la subasta presentarán sus proposiciones en
Pliego cerrado en papel de clase correspondiente y en el tiempo y forma determi-
nados en el artículo 16 de 4 de enero de 1883, a cuyo pliego acompañará el
resguardo que acredite haber depositado previamente en la Caja del Ayunta-
miento la fianza provisional de 505,65 pesetas en metálico, debiendo advertir
que el rematante habrá de constituir después la fianza definitiva, cuya suma
líquida será de 1011,37 pesetas.
Cinco contratistas optan por hacerse cargo de las obras:
D. Antonio Mortera vecino de Tudel que oferta por 8.990 Pts.
D. José Menéndez Villa, vecino de Mieres que oferta por 8.506 Pts.
D. Ramón Villanueva Estrada, vecino de Turón que oferta por 9.886 Pts
D. Eduardo Castañón B. de Quirós vecino de Santa Cruz que oferta por 8.000 Pts
D. Juan Ordóñez Cachero vecino de Santa Cruz que oferta por 9.900 Pts
El 20 de agosto de 1897 y en los salones del ayuntamiento tiene lugar la subasta y al abrir los pliegos cerrados uno a uno se observa que ninguno de los contratistas cumplían con los trámites previos exigidos: algunos no presentaban la cédula personal y otros no habían efectuado el depósito provisional exigido. Por lo tanto la subasta queda suspendida, publicándose en el BOE la anulación de la misma.
Cuatro días más tarde. El 24 de Septiembre de 1897 el Ayuntamiento anuncia otra nueva subasta y ahora son seis los contratistas que licitan:
D. Eduardo Menéndez Betegón, vecino de Mieres que oferta por 9.339Pts.
D. Alejandro Argüelles, vecino de Mieres que oferta por 9.765 Pts
D. Fernando Valle González, vecino de Sograndio que oferta por 9.600 Pts
D. Salvador Martínez Sela, vecino de Turón que oferta por 9.500 Pts
D. José García, vecino de Santa Cruz que oferta por 9.050 Pts.
D. Juan Ordóñez Cachero, vecino de Santa Cruz que oferta por 8.998 Pts
Una vez celebrada la subasta y abiertos los pliegos cerrados el Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento “adjudica la subasta a D.Juan Ordóñez Cachero autor de la proposición más ventajosa”.
El día 8 de octubre de 1897 D. Ramón Cuesta Ayón Secretario del Ilmo. Ayuntamiento de Mieres certifica oficialmente el nombramiento de D. Juan Ordóñez Cachero como contratista de la obra:
“El Ayuntamiento visto el expediente de subasta celebrada el 24
de Septiembre último para la reforma del puente de Santa Cruz, visto
que no se ha presentado reclamación alguna contra dicha subasta y
resultando que en ella se ha cumplido exactamente los trámites legales
y seguido las prescripciones para tales caso prevenidos en el Real
Decreto de 4 de Enero de 1.883, acuerda aprobar la adjudicación
provisional hecha por el alcalde, la cual declaro definitiva adjudicando
el remate aludido a D. Juan Ordóñez a quién se requerirá inmediata-
mente para que dentro del término de 10 días amplíe la fianza provisional
hasta el importe de definitiva.”
Se inician las obras y en el transcurso de las mismas surgen problemas técnicos y de presupuesto en los que con frecuencia chocan el contratista y el arquitecto .En primer lugar se construye un paso provisional que sirviese de servidumbre de paso mientras duraban las obras del puente definitivo.
El 20 de noviembre de 1.897, el contratista D. Juan Ordóñez Cachero envía dos escritos al alcalde. En el primero de ellos dice textualmente:
“Terminadas las obras provisionales contenidas en el proyecto
de reforma del puente de Santa Cruz del que soy adjudicatario suplico
a VS. que previos los requisitos que juzgue oportunos, se sirva disponerle
del abono al que suscribe por la cantidad que corresponda”
El segundo de ellos hace alusión de un problema surgido con Fábrica de Mieres al contratar las vigas de hierro que soportarían el puente de madera:
“He de poner en conocimiento de VS.,como contratista de las
obras de reforma del puente de Santa Cruz que al contratar con la
“Sociedad Fábrica de Mieres” las dos vigas armadas de hierro que
constan en el proyecto ,éste establecimiento, vista la forma y dimen
siones de dichas vigas solo se compromete a construirlas salvando
su responsabilidad en lo que a resistencia se refiere.
Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos y
con el fin del que subscribe quede tambien cubierto de toda respon-
sabilidad en lo que a resistencia de las vigas se refiere.”
A la vista de estos escritos el Sr. Alcalde los traslada al Arquitecto municipal para que “informe lo que sea procedente”.
Con fecha 24 de Noviembre de 1.897, el arquitecto contesta al Sr Alcalde:
“En contestación al oficio que con fecha 20 de Noviembre dirige
el contratista del puente de Santa Cruz D. Juan Ordóñez a esta Alcaldía
en el cual pide el pago del puente provisional ,he de manifestarle que no
se debe pagar el puente hasta la terminación de la obra pues su objeto
es dar paso mientras dure la construcción del proyecto”.
“El informe que creo procedente dar respecto al oficio referente
a que la Sociedad Fábrica de Mieres salva su responsabilidad en lo que
a resistencia de las vigas se refiere, es que dichas vigas se construyan
según proyecto advirtiendo al contratista que en lo sucesivo se abstenga
de hacer ninguna clase de observaciones como la del oficio que se trata.”
Por otro lado, el contratista no cumplió el plazo de diez días, fijados a partir de la fecha en la que se adjudicó definitivamente la obra ,para el abono de la fianza definitiva exigible porque con fecha 7 de Diciembre de 1.897 la Alcaldía se lo reclama:
“Adjudicado a su favor definitivamente el remate de las obras de
reforma del puente de Santa Cruz, he de merecer a Vd. se sirva constituir
dentro del término de diez días, la fianza definitiva acusándome recibo
del presente escrito firmando al margen del adjunto duplicado”.
(En el documento original se observa la firma, al margen, del contratista con un “enterado y conforme”)
Las obras siguen adelante y a medida que su realización avanzaba aparece de nuevo el problema de las vigas de hierro antes citadas tal y como se puede observar en el siguiente escrito dirigido por el contratista al alcalde con fecha 1 de Abril de 1.898.:
“El 20 de Noviembre último tuve el honor de transmitir a esa
Corporación como contratista de las obras de reforma del puente de
Santa Cruz, las observaciones que la Sociedad Fábrica de Mieres
hacía respecto de la resistencia de las vigas metálicas que se le en-
cargaban para la reforma de dicho puente con arreglo al proyecto
y plano que sirvió de base para el remate a cuyas observaciones me
contestó la Corporación, que en vista del informe emitido por el Sr.
Arquitecto me atuviera para la construcción de dichas vigas con
sujeción estricta al referido plano.
Pero observando que a pesar de lo expuesto la mencionada
Fábrica reformó las susodichas vigas aumentando su peso de 5.432Kg
que tiene el proyecto hasta 9.083 que cargó en factura, sin que el que
subscribe se le haya puesto en conocimiento de tal reforma manifestando
dicha Sociedad que “la reforma ha sido hecha por orden del Sr. Arqui-
tecto municipal, como quiera que este asunto pudiere traer dificultades
al tiempo de verificar la liquidación, considero necesario ponerlo en
conocimiento de la Ilma Corporación ,como lo hago por medio de este
oficio, del que espero me acuse recibo a los efectos que procedan y con
objeto de dejar a salvo mis intereses.”
El 6 de Abril de 1.898 el Ayuntamiento redacta un oficio al Sr. Arquitecto en los siguientes términos:
“Dada cuenta de una comunicación en la que el contratista de las
obras de reforma del puente de Santa Cruz manifiesta su extrañeza porque
la Sociedad Fábrica de Mieres reformó sin su consentimiento las vigas de
hierro aumentando su peso desde 5.432 Kg. que tiene en el proyecto hasta
9.083 que carga en factura, obedeciendo dicha reforma a órdenes que la
mencionada Sociedad recibió del Arquitecto municipal.
El Ayuntamiento teniendo en cuenta que el Sr. Arquitecto en comu-
nicación fecha 24 de Noviembre último, manifestó a la Alcaldía como con
dición a otra en el que citado contratista llamaba la atención acerca de la
falta de resistencia de las vigas proyectadas, que estas se ejecutaran
según proyecto y que se abstuviese el contratista de hacer observaciones
semejantes en lo sucesivo, acuerda oficiar al Sr. Arquitecto para que
explique esta anomalía dándole al efecto traslado de este acuerdo y de la
comunicación del referido contratista.”
Después de varios requerimientos por parte de la Alcaldía para que el citado Arquitecto explicase por escrito los argumentos expuestos por el contratista, por fin lo hace el 30
de Abril de 1.898 en los siguientes términos:
“Tengo el honor de manifestarle a VS. que respecto a la modifica-
ción del puente de Santa Cruz a que alude en sus comunicaciones, ha sido
ordenada por el que subscribe, no por falta de resistencia como dice el
Sr. Contratista puesto que era de seis toneladas como se puede demostrar
por el cálculo, sino porque una vez armadas las vigas y a pesar de los
arriostramientos que aconseja el cálculo, se observaba un cimbreo por
la parte inferior, con lo cual se conseguiría hacer desaparecer el movi-
miento o cimbreo si bien se aumentó la resistencia como era consiguiente
por aumento de sección pero no porque en realidad fuese necesaria.
Además con la reforma hecha se ha disminuido la madera en
cantidad bastante considerable de modo que el aumento de obra no es
tan grande como a primera vista parece.”
Los problemas con esta obra no dejan de cesar porque aparece uno nuevo y en este caso surge un aspecto técnico con la rasante del puente lo que obliga al Sr. contratista enviar otra comunicación escrita al Sr. Alcalde y datada el 21 de Mayo de 1.898:
“En la Memoria y Pliego de condiciones del proyecto de
construcción del puente de Santa Cruz cuyas obras me han sido
adjudicadas y estoy llevando a cabo se dice que la rasante del
puente no sufrirá alteraciones y que el tramo que está sobre
caballetes conviene mejorarlo algo con las maderas del otro
tramo, sin determinar en el presupuesto cantidad alguna para
estas obras sin establecerse precio alguno.
Como la rasante ha sufrido una gran alteración pués hay
entre el tramo nuevo y viejo a que se refieren las mejoras que deben
hacerse una diferencia aproximada de un metro, considera indis-
pensable el que subscribe por quien corresponda se le manifieste
oficialmente el : 1º.- Si tiene obligación de arreglar el tramo aludido
2º.-En caso afirmativo, qué rasante ha de guardar.3º.-Qué precio se
asigna en la unidad de obra por no constar en el proyecto”.
La tirantez existente entre el Sr. Contratista y el Sr. Arquitecto municipal va siendo cada vez mayor y llegan a alcanzar al Sr. Alcalde que parece ser, aunque sin asegurarlo, duda de las explicaciones dadas por el Sr. Arquitecto municipal que envía un escrito a este último en el que por un lado contesta al anterior escrito y por otro exige a la Corporación municipal se le fijen las atribuciones inherentes a su cargo. El escrito fechado el 11 de Julio de 1.898 dice:
Tengo el honor de contestar lo siguiente: En el pliego de
condiciones del puente de Santa Cruz la última condición dice:
“En todos los casos no previstos en el Pliego de condiciones tendrá
que someterse al Pliego de condiciones generales que rige para las
obras del Estado y que está vigente en el Ministerio de Fomento”.
el Pliego de condiciones al que alude explica claramente las tres
preguntas que hace referencia el Sr. contratista.
En primer lugar diremos que la Memoria no es un documento
del cual pueda el contratista hacer uso legal alguno. Los documentos
para el contratista a los cuales debe sujetarse son cuadro de precios
y pliego de condiciones este último señala que atenderá todos las
ordenes que del Arquitecto reciba.
Los precios que señala el presupuesto sirven para obras de
ampliación según dice el Pliego de condiciones generales y cuando
hay otras nuevas cuyos precios no señala el proyecto se hacen por
precios contradictorios como lo mismo sucede cuando se aprovechan
materiales, en cuyo caso se paga la mano de obra por precios contra-
dicterios. Cuando no hubiese conformidad para la fijación de estos
precios quedará el contratista relevado de la construcción de la obra
de que se trata.
El proyecto, dice la Corporación, que adolece de deficiencias
igualmente que obras que se están ejecutando y ya que de este asunto
se trata ruego a esa Ilma.Corporación se sirva señalar las atribuciones
que a mi cargo corresponden para evitar en lo sucesivo advertencias
de la misma.
Ruégole se sirva el recibí al margen del duplicado presente.”
Dos días más tarde, el 13 de Julio de 1.898 el Alcalde, sin duda harto de toda la polémica envía un escrito bastante duro al Sr. Arquitecto municipal en el que dice:
Visto el informe que Vd. remite referente a la comunicación que
le pasó esta Alcaldía por acuerdo del Ayuntamiento sobre las aclaracio-
nes que pide el contratista del puente de Santa Cruz, he de merecer la
amplíe a fin de resolver lo antes posible ya que nada comenta para
salvar las dificultades a que aquella se refiere.
En el proyecto del particular se habla de separar el tramo que
está sobre caballetes de madera afirmando que la rasante de hierro
no sufra alteración resultando que, en contrario de lo que se dice en
el proyecto existe ahora un metro de diferencia entre las rasantes de
los dos tramos.
La condición última del Pliego de condiciones que Vd. cita se
refiere a los casos no previstos. Más en el actual, existe una anomalía
puesto que no se trata de un imprevisto sino que se afirma precisamente
en el proyecto lo contrario de lo que ocurre, con la circunstancia
agravante de que el salvar la dificultad e imprevisión cometida en el
Proyecto ha de implicar un gasto enorme en relación a la importancia
de la obra.
Si a esto se añade que este gasto es completamente superfluo
puesto que era innecesario si se hubiese calculado el proyecto como
procedía y que por igual motivo casi se duplicó el peso y coste de las
vigas de hierro del mismo puente, claro está que se trata de una obra que
no se puede hacer sin la intervención del Ayuntamiento por alterarse
esencialmente lo que en él viene y dispone.
Lo que el Ayuntamiento manifiesta pues, es que tome la solución
que estime más conveniente para el arreglo del tramo viejo, habida
cuenta la enorme diferencia de rasante aludida y que si para llevarla a
cabo hay necesidad de ejecutar alguna otra que no esté comprendida
en el cuadro de precios del proyecto, fijando estas para después tratar
el asunto con el contratista en la forma prevenida por la Ley.
Al mismo tiempo he de manifestarle que no encuentro justificada
la pretensión de Vd. de que pusiera el recibí en el duplicado que
acompañó el informe.
Dispuesta siempre esta Alcaldía a tratar a los empleados del
Ayuntamiento con todas las consideraciones a que sean acreedores es
una ofensa se dude de su delicadeza .Sabe que siempre di cuenta opor-
tuna de los informes menos los dos que tienen fecha del 30 de Abril
aunque fueron presentados el 4 de mayo, de los que no se enteró la
Corporación hasta el 6 de los corrientes debido a las gestiones hechas
por Vd. con el fin que Vd. sabe tambien habíamos acordado que la
Comisión de Obras Públicas dictamine sobre el peso de las razones
que Vd. aduce para haber alterado las vigas sin el debido conocimiento
de la Corporación y del contratista.
Ruego se sirva firmar el oportuno recibí al margen del adjunto duplicado.
La contestación del Sr. Arquitecto no se hace esperar y con fecha 15 de Julio de 1.989 escribe un oficio bastante extenso al Sr. Alcalde, tambien en términos bastante duros y en el que rebate todos los argumentos y solicitando “se le haga expediente para justificar mi conducta”. Dicho escrito dice lo siguiente:
“ Al oficio que dirige V.S pidiendo explicaciones acerca del informe
emitido tengo el honor de manifestarle lo siguiente;
Dice V.S que “nada concreta para salvar las dificultades a que la
comunicación del citado contratista se refiere”. Creo haber contestado a
las tres preguntas que el contratista hizo ,pues tengo en mi poder el
duplicado del informe que V.S no quiso firmar como indica su oficio de
13 de Julio de 1.898. Desearía saber de qué fecha es el oficio del Sr
Contratista pues en su comunicación no lo indica,
Creo aclarar lo que V.S indica en el oficio con el razonamiento
siguiente: dicho razonamiento no es para el contratista pues dicho Sr. está
contestado sino para el Ilmo. Ayuntamiento
La rasante se elevó para evitar pendiente a la rampa que da
acceso al puente pues si esta subió un metro aquella disminuyó otro tanto
en su pendiente: se ganó pués un beneficio con relación a un gasto insig-
nificante.
Además no hay tal gasto enorme en la construcción del citado
puente pues puedo asegurar por los datos tomados que su costo no
excederá del presupuesto.
Respecto al tramo viejo se me indicó que el puente construido
tuviera dos metros y medio de ancho en vez de dos que tenía el viejo.
Por lo tanto no iba a construir el tramo viejo que está sobre caballetes
con el ancho que entonces tenía,
Al hacer esta reforma no importaba nada la rasante aludida, pues
se ve, repito el beneficio que con ello se obtiene.
He de añadir que no se pudo determinar presupuesto del arreglo
del tramo viejo, pués no se iba a deshacer el puente ni dicho tramo para
averiguar el material aprovechable.
Respecto a la obra que haga de hacerse según mi informe en el
tramo viejo es el siguiente:
Cuatro o cinco muretes de mampostería cuyos frentes serán de sillería
y en la coronación terminan en un metro de ancho .Su cimentación
debe ser buena a causa de la forma en que se presentan los bancos de
roca. De muro a muro las vigas que puedan aprovecharse por sus
condiciones se emplearán sopandas y tornapuntas. Después el enta
blonado correspondiente con barandilla.
Respecto a señalar precios, dice el Pliego de condiciones de obras
del Estado que “Cuando se juzgue necesario emplear materiales o
ejecutar obras que no figuran en el presupuesto, se evaluará su importe
a los precios asignados a otras obras o materiales análogos, si los
hubiera y cuando no, se decidirán entre el Ingeniero o Arquitecto y el
contratista”.
De modo que como el contratista no se ha presentado, no puedo decir a
ese Ilmo. Ayuntamiento los precios.
Se me dice que hay dificultades e imprecisión en el proyecto.
Conste a esa Alcaldía que no hay imprevisto por las razones expuestas
y que no hay gasto como dice V.S.
Por los oficios que me dirige esta Alcaldía observo ciertas ano-
malías que no dejan en buen lugar mi reputación. Así es que suplico a esa
Ilustrísima Corporación se me forme el oportuno expediente para
depurar hechos por si alguno pudo decir o haya dicho algo a cerca de
mi dignidad. Ruego, repito, se me haga expediente para justificar mi
conducta. Y ya que de dignidad se trata sirva fijarme esa Alcaldía lo que
dice en el oficio del que estoy tratando y dice:<< Al mismo tiempo he de
manifestarle que no encuentro justificada la pretensión de Vd. de que
pusiera el recibí en el duplicado que acompaño al informe .Dispuesta esta
Alcaldía siempre a tratar a los empleados de este Ayuntamiento con todas
las consideraciones a que sean acreedores es una ofensa que se dude de
su delicadeza.>>
Creo que el cargo de Alcalde no supone mayor delicadez que la del
Arquitecto y puesto que V.S. me exige recibo de todas sus comunicaciones,
indica V.S. en el mismo oficio bien claramente que falta a mi delicadeza
pues al final del mismo dice:”Ruego se sirva poner el oportuno recibí al
margen del adjunto duplicado”
Que es cuanto tengo el honor de comunicarle rogándole se sirva poner el
Recibí en el adjunto duplicado.
Las tensas relaciones existentes entre el Arquitecto y la Alcaldía quedan constatadas en la denuncia oral efectuada por el Sr. Arquitecto ante la actitud observada por el cabo de la guardia municipal Juan Busto al ir a entregarle unos oficios. Esta denuncia la traslada el Inspector de los guardias municipales Cirilo Alonso al Sr. Alcalde en los siguientes términos:
“El Sr. Arquitecto del Ilmo. Ayuntamiento de Mieres, con fecha
14 del actual mes julio me dice lo siguiente:<<Pongo en su conocimien-
to que en la tarde de ayer, estando en mi oficina de 4 a 5 de la tarde
entró sin pedir permiso el cabo de la guardia municipal Juan Busto para
entregarme unos oficios; mientras me enteraba de los mismos le ordené
saliese del local destinado a oficina, a lo cual me contestó faltándome
al respeto que se debe a todo empleado de este Ilmo. Ayuntamiento.
denuncia de la cual pueden ser testigos el Sr. Juez municipal que se
hallaba en la oficina así como Rogelio Alonso.
Ruego se sirva poner el oportuno recibí al margen del adjunto duplicado.
Lo que traslado a Vd. a los efectos que procedan.”
El cabo Juan Busto interpone ante su jefe Cirilo Alonso otra contradenuncia que dice:
“En la tarde de hoy y hora las cuatro de la misma yendo a hacer
entrega de una comunicación al Sr. Arquitecto resulta que después de
enterado de la citada comunicación, principió a reírse de lo expuesto
en la misma como haciendo burla y manifestándome que me marchara
y como me negara a hacerlo porque necesitaba llevar el duplicado de
aquella por mandato del Sr. Alcalde con el recibí, me contesta que él
respondió y en vista de que yo no estaba conforme, me devolvió las
dos comunicaciones cogiéndome por el brazo en tono amenazador
diciéndome que saliera fuera de la cocina.
Lo que participo a Vd. a los efectos oportunos”.
No solamente las obras de reforma del puente de Santa Cruz fueron objeto de numerosas
controversias entre el Ayuntamiento y el Arquitecto sino que otras cuya dirección técnica corría a cargo de este tambien originaron problemas presupuestarios tal y como se puede leer en el escrito que el 5 de Agosto de 1.898 el Sr,.Alcalde dirige al Arquitecto en el que le anuncia la creación de una comisión de investigación :
“La Corporación municipal que tengo el honor de presidir, en
sesión de este día acordó en vista de su comunicación a esta Alcaldía
fechas, la primera 8 de julio ultimo y la segunda entregada sin fecha
el 9 del mismo, nombrar una comisión especial para dictaminar acerca
dDe lo que Vd. manifiesta referente al aumento del 14% sobre las obras
ejecutadas en el pórtico y salas de autopsias del cementerio de esta
villa y que para que la comisión pueda informar con perfecto conocimien
to de causa le haga entrega de los tres proyectos de obras allí ejecutados
con todos los anexos que se componen, ordenando al Arquitecto presente
inmediatamente dichos documentos en la Secretaría del Ayuntamiento.
Lo que participo a Vd. a los fines que se interesan, rogándole ponga
el recibí al margen del adjunto duplicado.
El 19 de Agosto de 1.898 el Sr. Arquitecto municipal redacta la 1ª relación valorada en las que se liquidaba todas las obras correspondientes a la primera parte de la reparación que era el tramo metálico (doc 5 )
No tenemos más noticias hasta el 5 de Mayo de 1.899 en que el prestigioso Ingeniero de Caminos D.José Eugenio Ribera , Ingeniero Director de Obras Municipales de la Jefatura de Obras Públicas de Oviedo, reconoce y recepciona las obras realizadas en el puente por el contratista Juan Ordóñez Cachero, no siendo ya arquitecto municipal el Sr. Suardíaz que había presentado su dimisión.
Así pues el 5 de mayo de 1.899 el citado ingeniero liquida la obra, tras prácticamente, tres años de trabajo en el puente del que hablamos:
“Habiéndoseme encargado medición, recepción y liquidación de
de las obras ejecutadas en el puente de Santa Cruz, tengo el honor de
remitir adjunto el examen del acta de recepción de las obras y liquidación
de las mismas que paso a justificar.
En el (doc 6) Planos, se presentan los de la obra ejecutada. Como
se observa difiere bastante del primer proyecto debido que al que fue
Arquitecto Municipal D. Antonio Suardíaz sólo proyectó la reparación
del primer tramo de 21,00 metros de luz que proponía substituir con un
sistema mixto de hierro y madera, pero la Fábrica de Mieres a la que el
contratista encomendó la construcción de la parte metálica, propuso una
modificación y mejoras y de acuerdo, sin duda alguna, con el Arquitecto
municipal se ha construido el tramo que se representa en los Planos de
esta liquidación.
Dicha obra se terminó estando al frente de las obras municipales
el Arquitecto Sr. Suardíaz y redactó con fecha 19 de Agosto de 1.898 la
1ª relación valorada en las que se liquidaba todas las obras correspon-
dientes a esta primera parte de la reparación.
He examinado dicha relación valorada y la encuentro conforme
con la obra ejecutada, por lo que en nada la modifico y la he utilizado
para la liquidación.
Ya durante la reparación del primer tramo pudo observarse que
los demás tramos del puente, que se creían en bastante buen estado,
presentaban evidentes señales de su escasa resistencia y duración.
Así es que se procedió a su reparación, con arreglo al plano que
se presenta en el documento nº 6, construyendo dos nuevos tramos de
madera y algunas pequeñas obras accesorias.
La medición de estas obras, constituye la 2ª relación valorada
(doc 7) que presentamos.
Se han medido en la obra todos los elementos que constituyen estos
dos tramos, con los que he cubicado detalladamente el número de unidades
ejecutadas(véase la cubicación)
Aplicándoles los precios unitarios del proyecto, se ha obtenido la 2ª
relación valorada, con un importe de ejecución material de 2.608,21 Ptas.
que aumentado con el 15% de contratar y descontándose del total la baja
del 11,0316% que hizo el contratista, da un líquido a percibir de 2.668,56
Pts.
Resumiendo, los datos de ambas relaciones valoradas que son las
liquidaciones de las dos partes en que la obra puede dividirse, hemos
redactado la liquidación total de las obras ejecutadas, para la reparación
del puente de Santa Cruz, que resumimos en la siguiente forma:
|
|
Ejecución material |
Valoración contratista |
Líquidos a percibir |
|
Reparación tramo metálico |
9.434,40 |
10.849,56 |
9.652,68 |
|
Reparación de los dos tramos de madera |
2.608,25
|
2.999,44 |
2.668,56 |
|
TOTALES |
12.042,61 |
13.849,00 |
12.321,24 |
&